lunes, 9 de junio de 2008

En la CSJ tambien se "Archivan" Casos

Requerimiento Fiscal interpuesto en contra del "honorable" diputado HERNAN BANEGAS cuando fungió com alcalde de la ciudad de Tocoa, Colon.

En el presente caso, en primera instancia se le dicto sobreseimiento definitivo, en apelacion se revoco el sobreseimiento y se ordeno dictar auto de prision; no se interpuso resurso deamparo. En ese estado estaba la causa cuando el Juez resolvió enviar el expediete a la "Honorable" Corte Suprema de Justicia para que se le siguiera procedimeinto como alto funcionario del Estado, por salir electo diputado. el caso actualmente se encuentra archivado desde inicios del 2006 en el poder judicial. Mientras el imputado goza de las mieles del poder.

EN EL INEDULIBLE ACTUAR DEL MINISTERIO PUBLICO SE PRESENTA REQUERIMIENTO FISCAL. SE SOLICITA SE CITE IMPUTADOS.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.

Señor Juez de Letras de lo Penal de la Sección Judicial de San Pedro Sula.

EL MINISTERIO PUBLICO, a través de su Agente de Tribunales LUIS JAVIER SANTOS CRUZ, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, inscrito en el Ilustre Colegio de Abogados de Honduras con el número 5240; Señalando como lugar para recibir notificaciones judiciales, las oficinas de la Fiscalía Contra la Corrupción, ubicadas en el Barrio Lempira, 10 y 11 calle, 5ta. avenida de esta Ciudad de San Pedro Sula; Actuando en mi condición de Fiscal del Ministerio Público, adscrito a la Fiscalía especial Contra la Corrupción, y por ende en la justa representación y defensa de los intereses generales de la sociedad; ante este Juzgado respetuosamente comparezco a presentar Requerimiento Fiscal contra CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, a quien se le sindica como responsables a titulo de autor de un delito de ABUSO DE AUTORIDAD y de un delito de VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS en perjuicio de la ADMINISTRACION PUBLICA y contra NIDIA AVILES ERAZO, ALEXANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ Y VICTOR CALIXTO OSORIO a quienes se le sindica como responsables a titulo de autor del delito de un delito de ABUSO DE AUTORIDAD en perjuicio de la ADMINISTRACION PUBLICA; y contra ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA por un delito de VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS en perjuicio de LA ADMINISTRACION PUBLICA; formal imputación que se sustenta en los hechos y consideraciones legales siguientes:

INFORMACIÓN GENERAL DE LOS PROCESADOS:

1. CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, mayor de edad, hondureño, casado, abogado, Alcalde Municipal y residente en el barrio colon, contiguo a ferretería Fernández de la ciudad de Tocoa, Colon.
2. OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
3. NIDIA AVILES ERAZO, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
4. ALEXANDER MARTINEZ VELEZ, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
5. VICTOR MANUEL GALEANO, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
6. ARTURO VASQUEZ LANZA, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
7. ELISEO BARRALAGA, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
8. AVILIA MUNGUIA, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
9. FELIX ALBERTO CHAVEZ, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
10. VICTOR CALIXTO OSORIO, mayor de edad, hondureño, casado, Regidor Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.
11. ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA, mayor de edad, hondureño, casado, Ex Tesorero Municipal y del domicilio de Tocoa, Colon.

RELACION SUSCINTA DE LOS HECHOS

PRIMERO: De las investigaciones practicadas por esta sede fiscal, se ha llegado a establecer como primer hecho lo siguiente: Que en fecha siete (07) de enero del dos mil cuatro (2004) la Honorable Corporación Municipal de la Ciudad de Tocoa, Colon integrada por el señor alcalde municipal CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO y los señores regidores OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALE4XANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ Y VICTOR CALIXTO OSORIO acordó mediante punto No. 08 del acta No. 57-2004, la compra al crédito de manera directa, de una motoniveladora para ser usada en la reparación y mantenimiento de calles del casco urbano y rural del municipio, a la empresa Camiones y Motores S.A., (CAMOSA) comprometiéndose a realizar los pagos mensuales de la transferencia de fondos que el gobierno central desembolsa a la municipalidad. En tal sentido en fecha 13 de enero del 2004 la municipalidad de Tocoa, Colon emite la orden de compra No. 02874 de una motoniveladora por el valor de $140,000.00, dando por cerrada la venta el 09 de marzo del mismo año, al firmar la factura final y letras de cambio, de donde se estableció que la motoniveladora fue adquirida a un costo de $140,000.00, pagando una prima inicial de $25,000.00 y los restantes $115,000.00 financiados a 36 meses al 11% de interes de anual.

SEGUNDA: Como segundo hecho esta Fiscalía ha logrado establecer: Que en fecha diecisiete (17) de junio del dos mil dos (2002) la Corporación Municipal de Tocoa, Colon integrada por el señor alcalde CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO y los señores regidores OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALE4XANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ Y VICTOR CALIXTO OSORIO acordó nombrar como Tesorero Municipal al Licenciado ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA quien tomo posesión de su cargo el día lunes veinticuatro (24) de junio del dos mil dos (2002) en sustitución del señor JULIO CESAR BUESO LUNA, sin haber rendido la fianza correspondiente, tal como lo estable el articulo 57 de la ley de municipalidades. En fecha 14 de noviembre del 2002 el señor CARLOS ALFONZO GUILLEN ORDOÑEZ auditor Municipal hace de conocimiento dicho hecho al señor alcalde Municipal CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO a través de informe de auditoria elaborado por su persona, sin embargo el señor ISRAEL PACHECO fue mantenido en su cargo hasta el treinta (30) de abril del año dos mil cuatro (2004), fecha cuando su acuerdo fue dejado sin valor y efecto por razones de estructuración en el departamento de Tesorería Municipal según consta en el acta #64-2004 de la sesión extraordinaria celebrada por la Corporación Municipal el día martes 27 del mes de abril del mismo año.

PRECEPTOS JURIDICOS AL DELITO QUE SE IMPUTA

La conducta de los ciudadanos CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, se califica como un delito de ABUSO DE AUTORIDAD y un delito de VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS, tipificado en el articulo 349 No. 2 y 350 párrafo segundo del código penal; la conducta de OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALE4XANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ Y VICTOR CALIXTO OSORIO se califica como un delito de ABUSO DE AUTORIDAD, tipificado en el articulo 349 No. 2 del código penal; y la conducta de ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA se califica como un delito de VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS, tipificado en el articulo 350 párrafo primero del código penal.

Los fundamentos que orientan esta pretensión son los siguientes: 1) Los ciudadanos CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALEXANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ Y VICTOR CALIXTO OSORIO como miembros de la Corporación Municipal de Tocoa fueron las personas que en fecha 07 de enero del 2004 acordaron la compra de una Motoniveladora al crédito, de forma directa a la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA), por la cantidad de $140,000.00; absteniéndose de cumplir con lo estipulado en el articulo… de la ley de contratación del Estado en relación con articulo 23 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal del año 2004, que establece que los contratos de suministros de bienes requerirán licitación publica cuando el monto supere los L250,000.00 y Licitación Privada cuando exceda de L100,000.00; 3) El señor Alcalde Municipal CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO en fecha 24 de junio del mismo año permite que el señor ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA tome posesión de su cargo sin haber rendido la fianza correspondiente en contravención del articulo 57 de la Ley de Municipalidades, además el señor Auditor Municipal en fecha 14 de noviembre del 2002 a través de auditoria realizada hace del conocimiento del señor alcalde Municipal dicha irregularidad, sin embargo el señor ISRAEL PACHECO fue mantenido en su cargo hasta el 30 de abril del 2004, fecha en que fue dejado sin valor y efecto su acuerdo por razones de reestructuración del departamento de Tesorería Municipal; 4) La conducta de los ciudadanos CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALEXANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ ROMERO, VICTOR CALIXTO OSORIO e ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA antes descrita, tienen relevancia penal, ya que sus actuaciones se subsumen en el artículo 349 #2 y 350, del Código Penal; Dichas actuaciones reúnen tanto los requisitos objetivos que son la descripción del tipo penal señalado, y los Subjetivos que es el dolo o sea el conocimiento y voluntad de querer realizar la parte objetiva del tipo.

RELACION DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA QUE FUNDAMENTAN LA IMPUTACION

1. Expediente investigativo realizado por la Fiscalía Especial Regional Contra la Corrupción, el cual contiene entre otros los siguientes elementos de prueba:

a) Declaración en sede Administrativa del señor Auditor Municipal de Tocoa, Colon…”

b) Declaración en sede Administrativa de YIMI KAFATY, Gerente Regional de la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA), quien realizó parte de la negociación con la Municipalidad de Tocoa, Colon…”

c) Declaración en sede Administrativa de todos los miembros de la Corporación Municipal de Tocoa, Colon…”

d) Certificación del punto numero 08 del Acta # 57-2004 de la sesión Ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de Tocoa, Colon, mediante la cual se aprobó la compra de una motoniveladora a la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA)…”

e) Certificación del punto # 07 del Acta # 013-2002 de la sesión Ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de Tocoa, Colon, mediante la cual se acordó nombrar como tesorero Municipal al señor ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA…”

f) Certificación del punto # 05 del Acta # 064-2004 de la sesión Extraordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de Tocoa, Colon, mediante la cual se acordó dejar sin valor y efecto el acuerdo de nombramiento como tesorero Municipal del señor ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA…”

g) Factura No. 01915 de compra al crédito de una Motoniveladora extendida por la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA) a la Municipalidad de Tocoa, Colon, representada para dicho acto por el señor Alcalde Municipal CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO…”

h) Orden de Compra no. 002874 de fecha 13 de enero del 2004, de una motoniveladora marca Jhon Deere, modelo 670-C, serie II, emitida por el señor Tesorero Municipal a favor de la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA) de Tocoa, Colon…”

i) Letras de cambio firmadas y selladas por el señor Alcalde Municipal de Tocoa Colon, a favor de la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA)…”

j) Documento extendido por el Banco Mercantil S.A. consistente en la Garantía Bancaria No. 469100-377 por el valor de $115,000.00 a favor de la Empresa Camiones y Motores S.A. (CAMOSA), para garantizar el pago de la deuda de una motoniveladora John Deere, Modelo JD-670C, Serie II…”

k) Informes de auditoria #02-2002 presentado ante el señor Alcalde Municipal, por parte del señor Auditor Municipal de Tocoa, Colon…”

ANALISIS SOBRE LA IMPROCEDENCIA DE ANTEJUICIO

La cuestión objeto de análisis, es la relativa a sí lo dispuesto en él articulo 28 numeral 2 reformado por el decreto numero 127-2000 de la ley de municipalidades, es aplicable en el proceso que se instruye contra CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALEXANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ ROMERO, VICTOR CALIXTO OSORIO en su condición de alcalde y regidores respectivamente, de la Municipalidad de Tocoa, Colon.
En la disposición antes señalada, (Articulo 28 No. 2 de la Ley de Municipalidades) se establece que el alcalde, vice alcalde y regidores gozaran de la prerrogativa del antejuicio en la misma forma que los jueces, si se llegare a imputarles un delito, siempre que se trate de “propuestas dentro de la ley” o de opiniones en relación con sus funciones”, casos en los cuales, según el mismo precepto, no serán responsables por conducta de esa naturaleza. Pero se trata de numero clausus, o sea que ningún caso fuera de los expuestos puede dar base para que se siga el tramite del antejuicio, sino que debe darse al proceso correspondiente el tramite ordinario.

Analizados los hechos en que se funda la presente acción penal en contra de los miembros de la Corporación Municipal de Tocoa, Colon, se ha llegado a la conclusión de que los mismos no hacen relación, ni a propuestas dentro de la ley hechas por los miembros de la corporación municipal, ni a opiniones por ellos expresadas respecto a sus funciones; o sea, pues, que no cabe que previamente se les siga un antejuicio, para decidir sobre la admisión del requerimiento fiscal.

PETICION CONFORME A DERECHO.

Con los elementos probatorios allegados en legal y debida forma, a través de las actuaciones de ejecución inmediata para la constatación del delito y demás prueba documentada realizada por la Fiscalía Especial Contra la Corrupción es procedente concluir que existen fundamentos suficientes para presentar Requerimiento Fiscal contra los ciudadanos CARLOS HERNAN BANEGAS LAZO, por los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS en perjuicio de LA ADMINISTRACION PUBLICA; Contra los señores OSWALDO SANDOVAL BUSTILLO, NIDIA AVILES ERAZO, ALEXANDER MARTINEZ VELEZ, VICTOR MANUEL GALEANO, ARTURO VASQUEZ LANZA, ELISEO BARRALAGA, AVILIA MUNGUIA, FELIX ALBERTO CHAVEZ Y VICTOR CALIXTO OSORIO, por un delito de ABUSO DE AUTORIDAD en perjuicio de LA ADMINISTRACION PUBLICA; y contra ISRAEL EDGARDO PACHECO RIVERA por un delito de VIOLACION DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS en perjuicio de LA ADMINISTRACION PUBLICA; Solicitando se tenga por presentado el escrito de Requerimiento Fiscal; se señale día y hora para la audiencia de declaración de imputado; Se cite en legal y debida forma a los señores contra quienes se ha presentado Requerimiento Fiscal a fin de que comparezcan ante este Juzgado y rindan su declaración si así lo desean; se señale fecha y hora para celebración de audiencia inicial, estableciendo en el intervalo de tiempo para garantizar la regular obtención de las fuentes de prueba, la medida pre cautelar de suspensión del ejercicio de su cargo y la prohibición de salir del país, continuando su tramitación hasta el juicio oral, en donde se desarrollara el verdadero contradictorio hasta culminar con una sentencia definitiva.

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