domingo, 8 de febrero de 2009

DOCTOR RAMON CUSTODIO NO DEBE INTEGRAR JUNTA PROPONENTE

.En el año 2004, previó a la elección de los Fiscales General y Adjunto, el Ministerio Público contaba con todos sus reglamentos (5) debidamente aprobados y publicados en el Diario Oficial La Gaceta: Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Junta Proponente, Reglamento Especial del Consejo Ciudadano, Estatuto de la Carrera del Ministerio Público, Código de Ética de los Servidores del Ministerio Público y Reglamento General del Estatuto de la Carrera del Ministerio Público. En ese mismo año el Doctor Ramón Custodio Comisionado de Derechos Humanos y miembro de la Junta Proponente, contando con los servicios del Abogado Pablo Valladares solicitó en el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo la nulidad absoluta del Reglamento de la Junta Proponente, alegando falsamente, que dicho reglamento no había sido aprobado por el Procurador General de la República.

Oportunamente me personé en la demanda de nulidad como parte coadyuvante, para defender el legítimo derecho constitucional de optar a cargos públicos, de más de 7.000 Abogados que reunían los requisitos de ley para ocupar los cargos de Fiscales. El entonces Procurador General de la República Abogado Sergio Zavala Leiva contestó allanándose a la demanda sin tener la autorización del Presidente de la República Ricardo Maduro que ordena la Ley de Procedimiento Administrativo, incurriendo dicho Procurador en el delito de abuso de autoridad. La demanda de nulidad se tramitó con velocidad inusitada y se dictó sentencia definitiva anulando el Reglamento de la Junta Proponente.

Es importante señalar que el Doctor Ramón Custodio nunca solicitó la nulidad de los otros 4 reglamentos del Ministerio Público no obstante que los mismos tampoco fueron aprobados por el Procurador General de la República y tampoco solicitó que el reglamento de la Junta Nominadora que fue anulado por su intervención, se reemplazara de inmediato. Esos extremos comprueban, que la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo es ilegal y arbitraria, y que la nulidad del reglamento de la Junta Proponente tuvo como propósito exclusivo, que no existiera regla alguna para la Junta Proponente al momento de seleccionar de manera arbitraria y antojadiza, a los candidatos para ocupar los cargos de Fiscal General y Fiscal General Adjunto.

Firme la ilegal y arbitraria sentencia, se seleccionó por parte de la Junta Proponente presidida por la entonces Presidenta de la Corte Suprema de Justicia Vilma Morales, a los Abogados Ovidio Navarro y Yuri Melara como Fiscales, quienes tuvieron que renunciar, ante el descalabro, pérdida de confianza e inoperancia del Ministerio Público, situación calamitosa que prevalece en la actualidad.

El Partido Innovación y Unidad Socialdemócrata en relación a la Junta Proponente del año 2004 de la cual formaron parte la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia Vilma Morales y el Doctor Ramón Custodio, sentenció, que las personas que la integraron traicionaron a toda la nación hondureña y a las instituciones que representaron y que por ello tenían que cargar con el peso que la historia les impusiera.

Tegucigalpa M.D.C. 5 de febrero de 2009.
ABOGADO MAURICIO VELASCO LAÍNEZ
Presidente Pro Justicia de Honduras.Miembro del Directorio del Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia.

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